La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cuenca ha desestimado el recurso de apelación de una heredera y confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 que declaró injustificada la desheredación de otra hija.
El Tribunal concluye que no se probó un “abandono total y persistente” del causante y mantiene la condena en costas a la parte apelante.

El caso
El litigio nace de la impugnación, por parte de una hija, de la cláusula testamentaria por la que su padre la desheredó invocando “maltrato de obra/psicológico” y abandono, según sentencia a la que ha tenido acceso El Digital de Cuenca. La demandante pidió que se declarara ineficaz la desheredación y se le reconocieran sus derechos hereditarios.
El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cuenca estimó por completo la demanda y condenó en costas a la parte demandada. Contra ese fallo recurrió la otra heredera.
La valoración de la Audiencia
Tras revisar audios, mensajes y declaraciones, el Tribunal aprecia una relación “conflictiva”, pero no un abandono imputable exclusivamente a la hija desheredada. Consta la existencia de contactos telefónicos y visitas recientes, por lo que no se acredita una situación de alejamiento “total y persistente”. El propio causante profirió expresiones despectivas hacia la hija, lo que, a juicio de la Sala, evidencia una dinámica de conflicto y no un papel pasivo del progenitor.

El fallo
La Audiencia Provincial de Cuenca desestima el recurso, confirma la sentencia que dejó sin efecto la desheredación y mantiene la condena en costas de esta alzada a la parte apelante. También declara la pérdida del depósito constituido para recurrir, sin perjuicio de los recursos extraordinarios que la ley permita.
