La Audiencia Provincial de Cuenca ha estimado parcialmente el recurso presentado por un consumidor frente a Banco Santander y ha condenado a la entidad financiera a asumir las costas de la primera instancia tras considerar que actuó con mala fe al no atender una reclamación extrajudicial por los gastos de formalización de una hipoteca. El tribunal modifica así la sentencia dictada por el Tribunal de Instancia de Tarancón, que no había impuesto las costas a ninguna de las partes pese al allanamiento del banco.
El banco se allanó, pero después de obligar al cliente a demandar
El procedimiento se originó tras una reclamación presentada por un cliente para recuperar los gastos de constitución de su préstamo hipotecario.
En primera instancia, Banco Santander se allanó a la demanda, pero el juzgado decidió no imponerle las costas procesales. El consumidor recurrió esa decisión al considerar que la entidad había ignorado previamente una reclamación extrajudicial y que, precisamente por ello, se había visto obligado a acudir a los tribunales.
La Audiencia aprecia mala fe del banco
La Audiencia Provincial recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre la imposición de costas cuando una entidad financiera se allana tras haber rechazado previamente una reclamación del consumidor.
Los magistrados destacan que Banco Santander reconoció expresamente haber recibido el 27 de febrero de 2024 una reclamación relativa a los gastos hipotecarios, pero respondió defendiendo la validez de la cláusula contractual y rechazando devolver las cantidades reclamadas.
Para la Sala, esa actuación obligó innecesariamente al consumidor a iniciar un procedimiento judicial, por lo que concurre la mala fe prevista en el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En consecuencia, considera que el banco debe hacerse cargo de las costas de la primera instancia.
Rechaza otro motivo del recurso
El consumidor también solicitaba que la Audiencia condenara al banco al pago de los intereses devengados desde cada uno de los cobros indebidos realizados en aplicación de la cláusula declarada nula.
Sin embargo, el tribunal rechaza esta petición al recordar que esa cuestión debía haberse planteado previamente mediante una solicitud de complemento de sentencia ante el juzgado de primera instancia, trámite que no llegó a realizarse.
Santander también pagará las costas de la apelación
La Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso únicamente para modificar el pronunciamiento sobre las costas, imponiendo a Banco Santander tanto las generadas en la primera instancia como las correspondientes al recurso de apelación.
Además, acuerda la devolución al consumidor del depósito constituido para recurrir. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los supuestos legalmente previstos.
