El origen de esta situación se remonta a 2005. Unas excavaciones promovidas por el Ministerio de Cultura sacaron a la luz en la villa romana de Noheda, perteneciente al término municipal de Villar de Domingo García (Cuenca), un mosaico y restos de una villa romana de incalculable valor. El descubrimiento, realizado en una finca de propiedad privada, fue posible gracias a la colaboración inicial de su dueño, José Luis Lledó Sandoval, quien autorizó las intervenciones.
Dada la magnitud del hallazgo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha incorporó Noheda a su programa de excavaciones sistemáticas, junto a otros enclaves de referencia como Segóbriga o Valeria. Año tras año, el propietario continuó facilitando los permisos, convirtiéndose en una figura clave para el avance de la investigación arqueológica.
El punto de inflexión: un ambicioso plan y un requisito ineludible
El año 2014 supuso un cambio radical en el devenir del yacimiento. La Diputación Provincial de Cuenca lanzó el «Plan de mejora de las infraestructuras turísticas» (Plamit), financiado con fondos europeos, en el que Noheda estaba destinado a ser el proyecto estrella, con una inversión cercana al millón de euros para cubrir y musealizar los restos.
Sin embargo, existía una condición indispensable para acceder a la financiación europea y es que los terrenos debían ser de titularidad municipal. Esta exigencia chocaba con la realidad, ya que la finca seguía siendo propiedad privada. En ese momento, a pesar de que el yacimiento ya gozaba de la máxima protección legal como Bien de Interés Cultural (BIC), comenzaron las negociaciones con Lledó Sandoval. Las conversaciones para la compraventa fracasaron, según explica el alcalde de Villar de Domingo García, Francisco Parrilla, en conversación con El Digital de Cuenca, debido a unas condiciones «inasumibles» impuestas por el propietario.
Ante el riesgo inminente de perder los fondos, al ayuntamiento no le quedó otra alternativa que iniciar un proceso de expropiación forzosa, abriendo así un largo y tortuoso camino judicial.
De 8.000 euros a 6 millones: La guerra de las tasaciones
El proceso de expropiación, regido por una ley que data de 1954, se topó con su mayor obstáculo en la determinación del justiprecio. Una primera valoración agronómica tasó las cuatro hectáreas de la finca en unos 7.000 u 8.000 euros, considerando su valor como terreno rústico. No obstante, la ley exigía también la valoración de una comisión de expertos académicos.
Este comité, formado por representantes del Ministerio de Cultura, la Junta de Comunidades y un académico designado por la parte expropiada, emitió una valoración que dinamitó el proceso y fijaba una cuantía económica de 6 millones de euros. Desde el ayuntamiento se argumentó que dicha cifra incluía indebidamente el valor del yacimiento arqueológico, contraviniendo la Ley de Patrimonio, que estipula que debe valorarse únicamente el terreno.
El consistorio recurrió esta decisión ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha, que le dio la razón, anulando la valoración millonaria. Pero la batalla no había terminado. La parte expropiada elevó el caso en casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia definitiva y el futuro incierto
En mayo de 2020, en plena pandemia, el Tribunal Supremo dictó sentencia. Si bien no respaldó la valoración de 6 millones de euros, tampoco aceptó la tasación inicial.
Esta valoración, fijada en seis millones de euros, fue realizada por una comisión de tres académicos con sede en el Instituto de España. Dicha cifra fue objeto de disputa, ya que los ayuntamientos implicados consideraban que favorecía al propietario del inmueble.
El Tribunal Superior de Justicia, en una primera instancia, dio la razón a los consistorios, anulando la valoración de los académicos. Ahora, el Tribunal Supremo ha confirmado de manera definitiva esta decisión, haciendo que la sentencia sea inapelable y cerrando la vía de la tasación académica.
En esta ocasión el Alto Tribunal anula la tasación de los tres académicos donde se señala la cifra de seis millones de euros y deja la decisión al Jurado Regional de Valoraciones.
Un nuevo escenario: el Jurado Provincial de Expropiación
Según explica el alcalde del Ayuntamiento de Villar de Domingo García, el proceso se inició con el objetivo de garantizar la protección y gestión del yacimiento arqueológico, considerado de interés público. Sin embargo, desde el primer momento surgieron discrepancias en torno al valor de los terrenos expropiados.
Si bien explica el alcalde de la localidad, en una primera fase no hubo una oferta económica concreta por parte del consistorio, sino que se solicitó al propietario que indicara qué cantidad consideraba adecuada por los terrenos. Sin embargo, asegura que este no llegó a fijar una cifra en ese momento inicial, lo que llevó a que el procedimiento continuara por la vía administrativa habitual.
El procedimiento siguió el cauce habitual en estos casos, trasladándose la valoración al Jurado Regional de Valoraciones, órgano encargado de fijar el justiprecio en expropiaciones. Este organismo estableció inicialmente una indemnización de aproximadamente 106.000 euros, a la que había que añadir los intereses legales, que podían elevar la cantidad total en torno a otros 40.000 euros. Esta valoración fue recurrida tanto por el Ayuntamiento como por el propietario, aunque por motivos opuestos.
Desde el consistorio se defendía que el precio fijado era excesivo, al considerar que se trataba de un terreno sin aprovechamiento agrícola desde hacía décadas. Según el alcalde, la finca había dejado de cultivarse en los años ochenta, tras el descubrimiento del yacimiento, evolucionando hacia un terreno con vegetación natural —matorral, pinos y encinas—, lo que, a su juicio, lo convierte en un erial sin valor productivo. En base a los informes de su perito, un ingeniero agrónomo, el Ayuntamiento estimaba que el valor de los terrenos no superaba los 7.000 u 8.000 euros.
Por el contrario, el propietario consideraba insuficiente la valoración del Jurado y llegó a situar el valor de la finca en cifras cercanas a los 200.000 euros, apoyándose también en informes periciales. De este modo, el conflicto quedó en manos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que debía resolver entre posiciones muy alejadas.
Tras más de un año de tramitación judicial, el tribunal ha fijado finalmente el justiprecio en 121.061,64 euros, más los intereses legales devengados desde 2014. La sentencia no ha satisfecho al Ayuntamiento de Villar de Domingo García, que mantiene su desacuerdo con la valoración al considerar que se ha otorgado al terreno un valor propio de tierras de cultivo, pese a que, en la práctica, no tiene uso agrícola ni posibilidad real de tenerlo debido a su condición de bien de interés cultural.
Durante el tiempo que ha durado el proceso judicial, además, se produjo un cambio relevante en la gestión del yacimiento. El Ayuntamiento cedió los terrenos a la Diputación de Cuenca mediante un convenio de colaboración, por el cual esta institución asumía tanto la gestión como el pago del justiprecio que finalmente determinaran los tribunales.
En la actualidad, y a falta de que la sentencia sea firme si ninguna de las partes recurre, el proceso se da prácticamente por concluido. El Ayuntamiento asume el fallo judicial, aunque insiste en que ha defendido en todo momento el interés general, tratando de evitar un desembolso que considera desproporcionado para unos terrenos que, según su criterio, carecen de valor agrícola real.
